Friday, November 20, 2009

Los autónomos percibirán una cobertura por paro de entre 2 y 6 meses

Para cobrar la protección, los autónomos deberán pagar entre un mínimo de 12,5 euros y un máximo de 22 euros al mes
20/11/2009 - 11:13 EFE
Los autónomos percibirán una cobertura por paro de entre 2 y 6 meses
Los autónomos percibirán cobertura un paro de entre 2 y 6 meses
El Consejo de Ministros tiene previsto aprobará hoy el anteproyecto de ley que regulará la prestación por cese de actividad de los autónomos, que permitirá a los trabajadores por cuenta propia percibir una cobertura de entre dos y seis meses por el cierre de sus negocios.

La propuesta inicial del Ministerio de Trabajo e Inmigración es que la prestación tenga un período mínimo de protección de dos meses -si se ha cotizado de 12 a 17 meses- y un máximo de seis -para lo que se debe haber cotizado 36 o más meses-.

Para cobrar la protección, los autónomos deberán pagar entre un mínimo de 12,5 euros y un máximo de 22 euros al mes, según las estimaciones que ha hecho el Gobierno mientras preparaba esta norma.

El pasado 9 de noviembre, el titular de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, explicó que la ley podría estar aprobada en el primer trimestre de 2010.

No obstante, los autónomos sólo podrán empezar a cobrar esa prestación por desempleo a partir de 2011, ya que deberán de cotizar al menos durante doce meses continuados antes del cese de su actividad, según el ministro.

La presentación del anteproyecto estaba pendiente de que se cerraran las últimas negociaciones con las organizaciones de autónomos.

Al respecto, UPTA y ATA consideran "corta" la prestación de seis meses que propone el Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Desde el Ministerio, el director general de Economía Social, Trabajo Autónomo y Responsabilidad Social de las Empresas, Juan José Barrera, ya ha advertido de que aumentar el plazo conllevaría un mayor coste, por lo que su ampliación debería ser decidida por el Parlamento.

El calendario laboral de 2010 fija nueve fiestas nacionales




20/11/2009 - 08:59 - EUROPA PRESS

El calendario laboral para 2010 recoge un total de nueve fiestas nacionales para todas las comunidades autónomas, a las que se suma la celebración del día de cada comunidad autónoma, según una resolución del Ministerio de Trabajo e Inmigración publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, el próximo año habrá ocho días festivos nacionales "no sustituibles", a los que se suma una jornada más, el 6 de enero, que también se celebrará en todas las comunidades a pesar de que se trata de una fiesta nacional que puede ser sustituida por una fiesta propia si alguna región así lo decide.

Las ocho fiestas nacionales no sustituibles son el 1 de enero, el 2 de abril (Viernes Santo), el 1 de Mayo (Día del Trabajo), el 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), el 6 de diciembre (Día de la Constitución española), el 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción) y el 25 de diciembre (Navidad).

En virtud de la facultad de los Gobiernos regionales de cambiar determinadas fiestas, el jueves 1 de abril (Jueves Santo) será festivo en todas las comunidades autónomas, salvo en Cataluña y Comunidad Valenciana, mientras que el 19 de marzo (San José) sólo será festivo en Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja y Melilla.

Por su parte, el Lunes de Pascua (5 de abril) sólo lo celebrarán Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra y País Vasco. Asimismo, en Madrid será festivo el 3 de junio (Corpus Christi), y en Andalucía, Aragón y Asturias se conmemorará el 16 de agosto (lunes siguiente a la Asunción de la Virgen).